Estas ayudas subvencionan las acciones de asesoramiento realizadas entorno
a la condicionalidad y la prevención de riesgos laborales
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Estas ayudas subvencionan las acciones de asesoramiento realizadas entorno
a la condicionalidad y la prevención de riesgos laborales

Según informó ASAJA-Almería,
el período de solicitud de dichas subvenciones, que finalizaba el 30
de septiembre, se ha prorrogado hasta el 31 de octubre.

Estas ayudas, recogidas en la Orden
de 23 de julio de 2008
, se otorgan una vez prestados los servicios de asesoramiento,
es decir, una vez abonadas por parte de los agricultores y ganaderos las facturas
correspondientes a estos servicios, siendo la cuantía de la ayuda de
hasta el 80% del gasto facturado a lo largo de los 3 años consecutivos
a los que compromete esta ayuda. Se establecen unos importes máximos
que son de hasta 350 euros anuales para las explotaciones agrícolas,
420 euros anuales para las explotaciones ganaderas y de 500 euros anuales para
las mixtas (agrícolas y ganaderas).

Además de esto, los agricultores y ganaderos que soliciten estas ayudas
obtendrán asesoramiento acerca de las normas de seguridad y salud laboral
establecidas por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995,
de 8 de noviembre).

Las actividades que tendrán que realizar las entidades de asesoramiento
reconocidas a quienes sean beneficiarios de la ayuda, son:

– Visitas a la explotación: Visita inicial a la explotación objeto
de
asesoramiento y las Visitas de seguimiento durante los tres años consecutivos

que componen el periodo mínimo del servicio de asesoramiento subvencionable.

– Realización de informes anuales sobre la aplicación en la explotación
de la
normativa sobre condicionalidad y seguridad y salud laboral, incluyendo las

medidas correctoras para mejorar la aplicación de la normativa, junto
con un
cronograma de implantación de dichas medidas.

Cualquier otra actividad puede ser realizada por las entidades de asesoramiento
dentro de los habituales servicios que se prestan a agricultores y ganaderos
(fiscal, laboral, jurídico etc.), pero no serán objeto de
esta ayuda
.

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