Como ya anunciamos la semana anterior, el Ministerio de Agricultura abonará
antes del 31 de diciembre de 2006 un importe total de 6,386 millones de euros
destinados a paliar las pérdidas ocasionadas por la gripe aviar en el sector
productor de carne de pollo.
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Como ya anunciamos la semana anterior, el Ministerio de Agricultura abonará
antes del 31 de diciembre de 2006 un importe total de 6,386 millones de euros
destinados a paliar las pérdidas ocasionadas por la gripe aviar en el sector
productor de carne de pollo.
Según recoge la orden
ministerial
con las bases reguladoras y la convocatoria de determinadas compensaciones
a las empresas del sector de la carne de ave publicada en el Boletín Oficial
del Estado, sólo serán susceptibles de recibir ayudas las actividades
realizadas entre el 1 de octubre de 2005 y el 30 de abril de 2006.
La orden establece que, del total de las ayudas, 1.386.000 euros se destinarán
a compensar la destrucción y la transformación de huevos para incubar,
que serán cofinanciadas al 50% por la Unión Europea.
Estas ayudas se concederán a las explotaciones que, durante el periodo
señalado, hayan procedido a la destrucción de huevos de pollo para
incubar o a la entrega de los mismos a industrias de transformación en
ovoproductos.
La cuantía máxima por huevo destruido se establece en 0,15 euros,
en el caso de los huevos destinados a transformación; a este importe se
le restarán 0,03 euros por huevo, o el precio de venta, si éste
es superior a 0,03 euros.
El número máximo de huevos destruidos o transformados por los que
se podrá recibir indemnización es de 7.800.000 huevos para incubar
y 1.800.000 huevos para transformación.
La cuantía total máxima de las ayudas previstas para compensar la
depreciación de la carne de ave congelada no superará la cantidad
de 5.000.000 de euros, con un máximo de 8.500 toneladas de carne de ave
congelada y almacenada.
Estas compensaciones se concederán a los titulares de empresas cárnicas
avícolas que hayan procedido a la congelación y el almacenamiento
frigorífico durante, al menos, dos meses consecutivos, de cinco o más
toneladas de carne de ave.
La congelación de la carne deberá haberse producido entre el 1 de
octubre de 2005 y el 30 de abril de 2006, si bien el almacenamiento de ésta
podrá haberse prolongado más allá del 30 de abril de 2006,
aunque la orden señala que la carne deberá haber abandonado los
almacenes frigoríficos antes de la presentación de la correspondiente
solicitud de ayuda.
La cuantía de la compensación se establece en 1,12 euros por cada
kilogramo de carne de ave congelada almacenada, a la que se descontarán
0,12 euros por kilo cuando los gastos de almacenamiento de la mercancía
no hayan corrido por cuenta del solicitante.
Además, se descontará el valor de las restituciones a la exportación
que correspondan en función del tipo de producto y del destino, que será
de 0,53 euros por kilogramo para las canales de pollo y de 0,33 euros por kilogramo
para los despieces, con independencia de que el operador haya o no solicitado
la mencionada restitución.
También se descontará de la ayuda el precio de venta de la carne,
según factura, una vez que dicha carne haya sido vendida tras abandonar
el almacén frigorífico.
La propia orden ministerial establece que, en caso de superarse los límites
cuantitativos señalados o las disponibilidades presupuestarias, se procederá
a la reducción proporcional que corresponda en el importe de las ayudas
previstas, hasta respetar dichos límites.
Los avicultores interesados deberán presentar sus solicitudes al Fondo
Español de Garantía Agraria (FEGA) que actuará como organismo
pagador a partir de mañana y hasta el próximo 7 de octubre de 2006.

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