La Dirección General de Ganadería del MAPA
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
español, prepara un proyecto de Orden que incluye la concesión de ayudas de la Administración dirigidas a la financiación de las ADS.
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La Dirección General de Ganadería del
MAPA
está preparando un proyecto de Orden en la que aparecerán normas complementarias mínimas en relación a las Asociaciones de Defensa Sanitaria -ADS-, con el objetivo de conceder ayudas estatales para la financiación de estas Asociaciones.
El funcionamiento de las ADS está regulado mediante el Real Decreto 1880/1996, de 2 de agosto, y entre las condiciones requeridas para su reconocimiento se establece que deberán disponer de un programa sanitario común aprobado por la comunidad autónoma competente y como mínimo de un veterinario responsable de las acciones sanitarias, reconocido para este fin por la comunidad autónoma.
La nueva normativa pretende concienciar al sector ganadero de la importancia de disponer de buenas infraestructuras, que le permitan mantener a los animales en unas perfectas condiciones higiénicas. Con este fin se potenciará la figura del veterinario y su relación con la Administración, junto con las inversiones realizadas en infraestructuras de carácter sanitario.
Podrán beneficiarse de estas ayudas estatales aquellas Agrupaciones que, reconocidas por las comunidades autónomas, lleven a cabo una serie de actuaciones de carácter general y específico. Se considerarán medidas generales prioritarias aquellas actuaciones encaminadas a la creación o mejora de las infraestructuras sanitarias y las funciones mínimas exigidas al veterinario de la ADS.
Como medidas de carácter específico serán objeto de subvenciones prioritarias aquellas acciones encaminadas a la calificación sanitaria de las explotaciones. Las ADS deberán realizar como mínimo un programa obligatorio, según la especie animal.
En el caso de los conejos el programa obligatorio mínimo deberá incluir programas de control frente a Mixomatosis y Enfermedad Vírica Hemorrágica y control de parásitos internos y externos, programas de desinfección, desinsectación y desratización y control sanitario de la eliminación de cadáveres.
Este programa mínimo obligatorio, deberá complementarse con las medidas que se consideren necesarias en función de la situación sanitaria de la zona y las particularidades de cada ADS.
Para solicitar la subvención las ADS deberán dirigirse a las Comunidades Autónomas, en función de la normativa específica que cada Autonomía establezca para ello.
Mundo Ganadero
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