Los representantes del sector cunícola han consensuado con el
Ministerio de Agricultura, pesca y Alimentación (MAPA)
los estatutos de la que se espera logre convertirse al fin en la Organización Interprofesional del sector cunícola, INTERCU.
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Siguiendo la dinámica iniciada por otros sectores, como el de los forrajes -AIFE-, el del vacuno autóctono de calidad -INVAC-, el de los huevos y sus productos -INPROVO-, etc., que ya han constituido su organización interprofesional, el sector cunícola ha conseguido consensuar con el MAPA los estatutos de INTERCU, la interprofesional cunícola. El objetivo de esta organización es agrupar todos los estamentos implicados en la producción cunícola y hacer frente a las necesidades del sector por medio de unos planteamientos y de un trabajo conjunto, de manera que el resultado sea potenciar el mercado y obtener un beneficio para todos los elementos de la cadena de producción, a pesar de que estos elementos -mataderos, productores, fábricas de pienso, etc.- en otros temas puedan tener intereses distintos y hasta opuestos.
Los puntos más importantes de los estatutos consensuados son las siguientes:
-Denominación:
INTERCU: Organización interprofesional para el impulso del sector cunícola.
-Reglamentación:
Ley 38/1994 de 30 de diciembre (reguladora de las OIA);
Reglamento que la desarrolla (R.D. 705/1997 de 17 de mayo);
Disposición adicional primera de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social; Ley 16/1989, de 17 de julio, de defensa de la competencia.
-Ámbito de actuación:
La asociación desarrollará sus actividades en todo el territorio estatal y podrá gestionar en el entorno comunitario y países terceros las diligencias necesarias para el cumplimiento de sus finalidades.
-Composición:
La interprofesional del conejo estará formada por las organizaciones de ámbito estatal y autonómico, según lo que se dispone en el artículo 8 de los mismos estatutos, que tengan personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, y que sean representativas de la producción y de la transformación y/o comercialización de los conejos.
-Objetivos:
a) La representación y defensa de los intereses de carácter general que sean comunes a todas las organizaciones afiliadas a INTERCU ante toda clase de organismos públicos o entidades privadas.
b) La divulgación de cualquier tipo de información que sea de interés para los miembros afiliados.
c) Colaborar con las administraciones competentes en la elaboración de las normas que afecten las finalidades de INTERCU, elaborando las propuestas, los estudios y los informes que convengan, y vigilar en el ámbito de actuación el cumplimiento de la normativa vigente.
d) La colaboración con entidades y organismos competentes con vistas a la promoción del consumo de la carne de conejo.
e) Hacer actuaciones que permitan un mejor conocimiento y una mayor transparencia de mercado.
f) Mejorar la calidad del producto así como los procesos de acondicionamiento, transformación y envasado.
g) Promover programas de investigación y desarrollo que impulsen los procesos de innovación del sector cunícola
h) Promover actuaciones que faciliten una información adecuada a los intereses de los consumidores.
i) Hacer actuaciones que tengan como objetivo una mejor defensa del medio ambiente.
j) Desarrollar acciones que permitan una mejor orientación y adaptación de la carne de conejo a la demanda del mercado.
k) Cualquier otro no mencionado pero que beneficie a los miembros afiliados a INTERCU, siempre que su ejercicio sea compatible con los principios básicos recogidos en la Ley 38/1994.
-Domiciliación:
El domicilio de INTERCU será la calle José de Artetxe, nº 3 de Azpeitia (Guipúzcoa).
-Miembros de INTERCU:
Organizaciones representativas con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro de ámbito estatal o autonómico.
En el ámbito estatal tienen garantizada la presencia en INTERCU las organizaciones que acrediten la representación de como mínimo un 5% de la rama profesional a la que pertenecen.
En el ámbito autonómico la presencia de INTERCU está garantizada cuando se acredite como mínimo la representación del 50% de la rama profesional, siempre que el sector o producto signifique un 3% de la producción final agraria a nivel nacional o un 8% de la producción final agraria en el marco autonómico.
-Órganos: la Asamblea General y la Junta Directiva.
La Asamblea General es el órgano de expresión de la voluntad de INTERCU y le corresponde su gobierno, administración y control. Estará formada por un número igual de votos en representación, de una parte, del sector productor, y de otra, del sector de la transformación y/o comercialización. Los derechos de voto y representatividad serán en proporción al grado de implantación que se haya acreditado según el baremo siguiente: por cada 5% de implantación en cada rama se tendrá un voto.
Los representantes del sector productor dispondrán del 50% de votos de la Asamblea. El reparto de los votos entre los representantes se hará en función de las unidades de producción -la unidad de producción será el número de conejas que cada asociado justifique documentalmente que pertenecen a su agrupación.
Los representantes del sector industrial dispondrán del otro 50% de los votos, y el reparto de la representatividad se hará con los mismos criterios mencionados, pero teniendo en cuenta que la unidad de producción será el número de conejos sacrificados por las industrias que integren las agrupaciones asociadas.
Una vez consensuados los estatutos puede afirmarse que se ha dado un paso importante en la constitución de la Organización Interprofesional para impulsar el sector cunícola.
Conills
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