El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado las condiciones para 2015 en la contratación del seguro que cubre los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales muertos en las explotaciones, entre los que se incluyen los de producción de carne.
La Orden contiene dos anexos, uno con los pesos de subproductos de referencia en kilos/animal a efectos del cálculo del capital asegurado y otro con el valor de compensación en caso de sacrificio y enterramiento en la propia explotación por motivos sanitarios. De esta forma se actualizan los precios de la prima que estaban pagando los ganaderos. La Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) define las explotaciones de ganado asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación, el período de garantía, las fechas de suscripción y el peso de subproducto de referencia de los animales.
El seguro es válido para animales destinados a la reproducción, cría, recría o cebo de bovino, porcino, aviar, cunícola, ovina, caprina, equina, piscícola y familias de cérvidos y camélidos.
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