Orden AAA/613/2016, de 19 de abril, por la que se definen las explotaciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, el periodo de suscripción y el valor unitario de los animales en relación con el seguro de explotación de ganado aviar de puesta, comprendido en el trigésimo séptimo plan de seguros agrarios combinados. Bol. Of. del Estado nº 102, del 28-4-2016

Legislación Europea y EspañolaLa Orden AAA/613/2016, de 19 de abril, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), define las condiciones del seguro para las explotaciones de ganado aviar de puesta, las explotaciones asegurables, las aves asegurables -gallinas ponedoras de la especie “Gallus gallus” de más de 72 horas de edad-, las condiciones técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, las fechas de suscripción y el valor unitario de los animales. Asimismo, se añaden los valores máximos de compensación en caso de sacrificio y enterramiento en la propia explotación por motivos sanitarios. El periodo de suscripción será desde el 1 de junio de 2016 al 31 de mayo de 2017.

El seguro diferencia tres tipos de sistemas productivos: convencional, alternativos en suelo o campero y ecológico. En cuanto a las naves, las clasifica en Tipo 0, Tipo 1, Tipo II, Tipo III y Tipo IV.

Los ganaderos deberán eliminar, reducir o controlar cualquier situación que conlleve un agravamiento del riesgo de muerte o sacrificio de los animales, así como disponer de contenedores que posibiliten la correcta recogida de los animales. Será obligatorio que se contrate el seguro bajo el sistema de mantenimiento de cadáveres en congelación o refrigeración si la normativa de la Comunidad Autónoma en la que se encuentra la explotación así lo exige.

En caso de retirada y destrucción se cubrirán los animales muertos en la explotación del titular por cualquier causa, así como los sacrificados por decretos de la autoridad competente por un valor máximo de 600 € por enterramiento o el 20% del valor del capital asegurado a efectos del cálculo del capital asegurado por la garantía adicional de retirada y destrucción. •

Los seguros de puesta incluyen también las granjas ecológicas de puesta siempre que estén inscritas en el REGA y cumplan la normativa vigente sobre producción ecológica.

Resolución de 15 de abril de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2016 del Convenio colectivo del sector granjas avícolas y otros animales.

Bol. Of. del Estado nº 101, del 27-4-2016

Se trata de la simple publicación del acuerdo entre las organizaciones empresariales ASEPRHUI, PROPOLLO y FEDEROVO, por una parte, y los sindicatos CC.OO. y UGT, por otra, en relación con la aprobación de las tablas salariales definitivas para el año 2016, con un aumento de las percepciones del 0,3% sobre las definitivas del 2015, con su inscripción en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.. •

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/842 DE LA COMISIÓN de 27 de mayo de 2016 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 167/2008 en lo que concierne al nombre del titular de la autorización y al nombre comercial de un coccidiostático.

Diario Of. de la UE nº 141, del 28-5-2016

Este Reglamento solo se refiere a la solicitud de cambio del coccidiostato Kokcisan 120G, para pollos de engorde, presentada por la empresa KRKA d.d., de Eslovenia, para ser sustituido por el nombre de Huvesal 120 FG, de la empresa Huverpharma EOOD, de Bulgaria.

Este cambio no implica ninguna modificación en los términos de la autorización y este Reglamento ha entrado en vigor al cabo de 20 días de su publicación en el DOUE. •

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