En
virtud del desarrollo de la cunicultura en el país, el Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)
dictó la Resolución
574, que establece metodologías sanitarias específicas para la explotación
cunícola por medio de la Lista EAR.
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La Lista EAR -Establecimientos
con Antecedentes de Residuos- -creada por la Resolución Nº 125 del
11 de marzo de 1998 de la ex Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Alimentación- es un sistema de vigilancia específico donde se
incluye – en salvaguarda de la Salud Pública y del medio ambiente- a los
establecimientos productores de conejos destinados a consumo humano en los que
se detecten animales con resultados positivos de sustancias no permitidas o excesos
de sustancias permitidas de uso en medicina veterinaria.

La nueva normativa
del Senasa establece un sistema de seguimiento del origen y/o causas de la aparición
de este tipo de sustancias, siendo los veterinarios de los establecimientos los
responsables de la aplicación de medidas preventivas y terapéuticas
en el mismo.

Para ser excluido de la Lista EAR, el productor cunícola
debe realizar una presentación ante el Senasa acompañada de una
declaración jurada del veterinario asesor del establecimiento con las medidas
sanitarias correctivas a fin de sanear los incumplimientos detectados y a comprometerse
a observar las buenas prácticas en el uso de medicamentos veterinarios,
los cuales serán aprobados por el Senasa.

Distintas áreas
del Senasa tienen a su cargo la verificación del cumplimiento de la Resolución
574/05. Durante enero a julio de 2005 la exportación de carnes frescas
de conejo sumó 1.504 toneladas por un valor de 7.213.000 dólares,
superando en volumen y en divisas a los envíos de todo el 2004.



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