Después de desarrollar un nuevo sistema de certificación para la exportación a países terceros, el sistema auditado de autocontroles –SAE-, establecido en el Real Decreto 993/2014, desde el Ministerio de Agricultura se está intentando realizar una transición paulatina desde el sistema antiguo. Es por eso que las empresas deben actualizar sus procedimientos de acuerdo con las clasificaciones de certificados y requisitos, además de completar la homologación de proveedores, trasladar la información a los responsables de la producción primaria y utilizar los DVR de acuerdo con los criterios armonizados para las atestaciones en materia de sanidad animal (que serán establecidos durante el ejercicio 2016 por el Comité de Certificación Veterinaria).

Para facilitar la implantación progresiva por parte de las empresas de sus Sistemas de Autocontrol Específico (SAE) y permitir además la exportación de productos cuya elaboración se inició de manera previa a la implantación del SAE, el MAGRAMA ha difundido una nota que establece criterios provisionales para la realización de las auditorías y la valoración de determinados incumplimientos por parte de los Organismos Independientes de Certificación.

Incluye indicaciones para las empresas sobre la documentación a aportar a los Servicios Veterinarios de Inspección en frontera junto con las solicitudes de certificados de exportación (ASEs) en función del producto a exportar y el grado de implantación de su SAE.

FUENTE: INPROVO

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