El MAPAMA confirma el nuevo estatus sanitario de España , que espera retomar la normalidad en el comercio exterior. España ha enviado su Autodeclaración de ausencia de influenza aviar altamente patógena (2 de junio de 2017). El MAPAMA da así por cerrados los episodios tras los brotes declarados el pasado mes de febrero en granjas de patos de Cataluña.

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El mapa 1 muestra la ubicación de las explotaciones afectadas y las zonas de 3 y 10 Km así cómo los focos de IA de alta patogenicidad declarados en España, y zonas de vigilancia y de protección.

Desde el 2 de junio, por lo tanto, están disponibles para su descarga desde CEXGAN todos los certificados en cuya atestación sanitaria figura el requisito de “País libre de Influenza aviar”.

Los países de la UE y algunos países terceros solo aplican restricciones comerciales a las zonas afectadas por medidas de control de movimientos según las regulaciones comunitarias ante brotes de influenza. Otros países, sin embargo, imponen restricciones adicionales, como la prohibición de importar desde todas las granjas de Cataluña, e incluso desde todas las españolas. En estos casos hay que esperar a que el país tercero levante las restricciones para volver a tener disponible el certificado sanitario de exportación a ese destino.

Puede consultarse la lista de países y las restricciones debidas a la influenza aviar a fecha 2 junio 2017 en el informe del MAPAMA.

 

 

Autodeclaración por España de la ausencia de influenza aviar altamente patógena (2 de junio de 2017)

El Programa Nacional de Vigilancia de la Influenza Aviar, que se realiza anualmente en España e incluye vigilancia pasiva y activa en aves domésticas y silvestres, detectó, el pasado mes de febrero, la presencia del subtipo H5N8 del virus de la influenza aviar altamente patógena (HPAI) en diez granjas de patos ubicadas en las provincias de Gerona y Barcelona, en Cataluña.

Antecedenttes: El 23 de febrero 2017 , se confirmó un foco primario en una granja de patos al aire libre con 17.800 aves. Posteriormente, el 27 de febrero, se notificaron siete focos secundarios, todos ellos en granjas de patos, como resultado de la investigación epidemiológica realizada en explotaciones relacionadas epidemiológicamente a través del movimiento de animales vivos.

Como consecuencia de las medidas de vigilancia tomadas en el radio de tres kilómetros, el 1 de marzo se notificaron otros dos focos secundarios en la zona de protección de 3 km.

INVESTIGACIÓN EPIDEMIOLÓGICA

Se realizó una investigación epidemiológica con los siguientes resultados:

1- No hay movimientos de animales de las granjas afectadas a otras regiones de España, la UE o terceros países.

2- Inicialmente se identificaron siete movimientos de riesgo desde la explotación inicialmente afectada (brote primario) a explotaciones de engorde definitivas en las provincias de Gerona y Barcelona. Se realizó una investigación epidemiológica en las granjas de destino, seis de ellas resultaron positivas y otra no tenía animales en el momento del foco. La población de las siete explotaciones en su conjunto era de 7.000 patos.

3- Como resultado de la vigilancia establecida en el radio de 3 km. alrededor del foco primario fueron detectados dos nuevos focos dentro del mismo municipio, también en explotaciones de patos. Una de las explotaciones comenzó a mostrar sintomatología clínica, por lo que se procedió a la toma de muestras, y la segunda había recibido animales vivos de esta nueva explotación afectada. No hay movimientos de animales desde estas dos nuevas explotaciones, salvo los destinados al sacrificio.

 

MEDIDAS DE CONTROL Y ERRADICACIÓN

En todos los casos, desde el momento en el que se iniciaron las sospechas, se inmovilizaron las explotaciones afectadas y se llevó a cabo la inspección clínica y recogida de muestras en todas las naves.

De conformidad con los requisitos establecidos en el capítulo 10.4.33 del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OIE, las explotaciones fueron sometidas a pruebas serológicas y virológicas. Para la recogida de muestras, los servicios veterinarios oficiales siguieron un protocolo que especificaba las muestras a tomar, el equipo de protección individual y el método de muestreo. En cada explotación se tomaron 20 muestras de sangre, 20 hisopos traqueales y 20 hisopos cloacales

En el momento se confirmaba cada nuevo foco, se procedió al sacrificio sanitario de todo el censo y, una vez finalizado éste, a la limpieza y desinfección. Los animales muertos, así como los animales sacrificados, fueron transportados, en cada vaciado sanitario, a la planta de tratamiento en la que se aplica un tratamiento especial para eliminar los cadáveres sin ningún riesgo de contaminación. Para ello se utilizaron recipientes estancos para evitar cualquier contaminación durante el transporte.

En los radios 3 Km (considerada zona de protección) y 10 Km. (considerada zona de vigilancia) se prohibió el movimiento de aves, productos u otros materiales que puedan transmitir el virus, permitiéndose ciertas excepciones contempladas en la normativa comunitaria en el caso de aves destinadas a sacrificio, pollitos de un día, pollitas maduras para la puesta y huevos para incubar bajo requisitos de bioseguridad adicionales. Estas medidas se mantuvieron hasta el pasado 1 de abril de 2017, fecha en la que transcurrieron 30 días desde la finalización de las operaciones de limpieza y desinfección en el último foco, tal como marca la Directiva 2005/94.

Como prevención adicional, en las zonas de protección y vigilancia se llevó a cabo un refuerzo obligatorio de las medidas de bioseguridad y se tomaron otras medidas como la prohibición de esparcir la yacija y de la celebración de ferias, mercados y exposiciones. En el radio de 3 km. se estableció el confinamiento de aves con producción al aire libre.

 

VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA

En las explotaciones situadas en las zonas de protección y de vigilancia se llevó a cabo la inmovilización e investigación de todas las explotaciones avícolas, a través de una vigilancia clínica, que incluía una toma de muestras en la totalidad de las explotaciones ubicadas en zona de protección y, en caso de que presentaran sintomatología clínica o vínculos epidemiológicos con explotaciones afectadas, en aquellas ubicadas en zona de vigilancia, acorde a las condiciones de vigilancia suplementarias para que recobrar el estatus de país libres de influenza aviar después de los focos establecidas en el capítulo 10.4.3.1 del Código Zoosanitario de los Animales Terrestres.

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Por otro lado, en todo el territorio nacional se ha desarrollado desde 2003 un Programa Nacional de Vigilancia de la Influenza Aviar, destinado al diagnóstico precoz de la enfermedad e incluidas aves de corral, otras aves cautivas y aves silvestres en su ámbito de aplicación.

La vigilancia activa se basa en el muestreo y análisis laboratorial de las explotaciones de aves de corral y otras aves cautivas, con el objetivo de detectar la circulación de los virus H5 y H7. El muestreo debe ser representativo de toda la población de aves de corral en el país, por lo que se establece un número mínimo de muestras por:

  • Las diferentes categorías de producción: gallinas ponedoras, gallinas ponedoras, gallinas reproductoras, percas reproductoras, patos reproductores, gansos reproductores, pavos de engorde, patos de engorde, gansos de engorde, aves de caza gallináceas (faisanes, perdices y codornices) aves de caza anátidas, ratites y otros.
  • Por cada Comunidad Autónoma, para que pueda ser considerada como representativa de todo el territorio español.

La evolución del muestreo durante los últimos años se detalla en la tabla adjunta, siempre en función de la evaluación del riesgo existente en cada momento:

Año 2013 2014 2015 2016
Explotaciones  domésticas 965 897 833 752
Aves silvestres 2.772 1.435 1.201 1.148

 

Se han revisado los resultados de las tomas de muestras realizadas en Cataluña de julio a diciembre de 2016. Dentro de este programa se muestrearon 48 granjas, todas con resultados negativos para la PCR específica H5 y H7. La ejecución del programa ha continuado durante el año 2017 sin que se hayan detectado nuevos casos positivos.

Además, con objeto de reforzar la vigilancia pasiva y las medidas de prevención, desde la aparición de los primeros focos de HPAI H5N8 en el norte de Europa, los servicios veterinarios centrales (MAPAMA) han recordado regularmente a todos los sectores implicados, así como a las autoridades regionales, la necesidad de reforzar las medidas de bioseguridad en las granjas avícolas, especialmente aquellas medidas destinadas a evitar el contacto con aves silvestres, así como reforzar la vigilancia ante una mortalidad anormal o sintomatología clínica compatible en granjas avícolas y aves silvestres.

CONCLUSIONES:

Teniendo en cuenta que:

  1. De forma previa a la notificación de los focos, el estatus de España frente a la Influenza Aviar era Libre frente a Influenza Aviar;
  2. Se han adoptado las medidas de sacrificio sanitario que incluyen la limpieza y desinfección de todas las explotaciones afectadas;
  3. Han transcurridos los 3 meses establecidos en el punto 1 del capítulo 10.4.3 del código desde la finalización de las operaciones de limpieza y desinfección;
  4. Se ha ejercido una vigilancia acorde con los Artículos 10.4.27 a 10.4.33 del código zoosanitario durante ese período de tres meses.

Las autoridades veterinarias oficiales de España han declarado la recuperación del estatus de Libre de influenza aviar de declaración obligatoria en la totalidad del territorio español.

Fuente: Magrama, Inprovo y Elaboración propia

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